Artículo
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¿Como
cumplir?
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Observación
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1
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Cumplir con el reglamento en su
totalidad para poder certificar el laboratorio.
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2
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Respetar las denominaciones del
laboratorio y no violar ningún termino ni artículo del reglamento.
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3
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Que el laboratorio este
encaminado en alguno de los dos tipos y dejarlo bien definido.
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4
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El laboratorio general tendrá que
realizar pruebas de baja complejidad teniendo un manual de todo el proceso de
realización de las pruebas competentes como hematología uroanálisis,
bioquímica, inmunología, coproanálisis.
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5
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El laboratorio clínico
especializado tendrá que realizar pruebas de baja complejidad y
especializadas teniendo un manual de todo el proceso de realización de las
pruebas competentes como hematología uroanálisis, bioquímica, inmunología,
coproanálisis, bilogía molecular, toxicología genética.
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6
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Cumplir con los requisitos
establecidos en el reglamento para poder obtener el permiso de funcionamiento
anual y realizar las respectivas reformas establecidas
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7
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Tener los requerimientos,
documentos del laboratorios y manuales ordenados y visibles para su
manipulación en ocasiones por parte del personal del laboratorio.
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8
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El laboratorio tenga un sistema
de gestión de calidad funcionando, de acuerdo al Reglamento y normativa
vigente y será responsable del monitoreo de los mismos.
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9
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Si el laboratorio depende de un
establecimiento de salud, funcionarán los días y horas correspondientes de
acuerdo al horario de atención de los mismos y tendrá que contar con el
personal necesario.
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10
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Tener el Permiso de
Funcionamiento Anual del laboratorio del cual deriva, permiso en el que
constará el número de puestos de toma de muestras y la dirección de cada
puesto.
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11
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Se debe cumplir en base a los
documentos habitantes que indican las normas generales del personal
profesional.
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12
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El personal responsable debe
estar sujeto a las normas registradas en la Secretaría Nacional de Educación
Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (SENESCYT) y en el Ministerio de
Salud Pública, categorizándose como
profesional competitivo.
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Bajo la documentación técnica y
administrativa de los laboratorios clínicos, el director y responsable, deben
evaluar y controlar el correcto cumplimiento de los procesos analíticos
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Los profesionales a cargo de la
directiva, deberán mantener un control por medio de las normas presentadas a
cargo del servicio de salud al cual se dirige.
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15
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El personal responsable deberá
controlar la bioseguridad del laboratorio clínico bajo las instrucciones del
profesional respectivo y las actividades de servicios generales.
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Se debe de cumplir por medio de
un procedimiento en donde se designa un responsable de calidad en el
laboratorio clínico.
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El
responsable a cargo del control de la calidad del laboratorio clínico deberá
tener experiencia profesional y estar capacitado.
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Se debe cumplir con la norma
establecida para evitar posible riesgo que pueda poner en peligro la
seguridad del laboratorio y los usuarios.
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19
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Las áreas del laboratorio deben
estar detalladas y caracterizadas basadas en la Norma Técnica de Laboratorio
Clínico y en el Licenciamiento.
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20
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Para disponer de una seguridad
durante las fases pre-analítica, analítica y pos-analítica y llevar a cabo un
correcto procedimiento de las muestras, el laboratorio se debe basas en el
cumplimiento de la norma Técnica de los laboratorios clínicos.
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21
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El puesto de toma de muestra
debe garantizar la toma, recepción, identificación y asegurar las diversas
condiciones de almacenamiento o de transporte, de ser necesario, con su
debida registración de datos con la finalidad de dar un servicio factible con
veracidad
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22
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Prohibido, se debe tener un área
específica y adecuada para realizar la toma de muestra
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23
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Según el Modelo de Organización
y Funcionamiento de la Red Nacional de Laboratorios Clínicos del Ministerio
de Salud Pública. Para el efecto, deben cumplir con los criterios y
requisitos sujetos al estudio técnico de la autoridad sanitaria competente.
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24
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Se cumplirá, con el debido
requerimiento de un especialista
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Asegurar y garantizar, la
información del laboratorio y de la muestra, como datos del usuario, y
transporte, almacenamiento y manejo de la misma sea el especificado por el
reglamento
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Garantizar las aptitudes pre
analítica de la muestra se cumplan correctamente
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Toda muestra derivada que no
cumpla las condiciones previas a su recepción puede ser rechazadas
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28
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Responsabilidad y supervisión,
de todo resultado se emita del laboratorio
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29
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Infraestructura los puestos de
toma de muestras deberá contar con todos los requerimientos establecidos en
el Art 29.
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30
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Se debe capacitar y certificar
por la autoridad sanitaria competente, para cumplir las normas técnicas
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31
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Los profesionales que tengan
competencia, estarán autorizados a tomar muestras fuera de los ambientes del
Laboratorio Clínico
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32
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La toma de muestras especiales
lo debe realizar en áreas específicas y por personal capacitado
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33
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Los pacientes con condiciones
clínicas especiales, el personal del laboratorio debe ir a tomar la muestra a
domicilio
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34
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Los laboratorios clínicos deberán
disponer del equipamiento, insumos, materiales y reactivos necesarios
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35
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Disponer de su respectivo Manual
de Procedimientos Operativos, calibración, mantenimiento y limpieza.
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36
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Los reactivos bioquímicos deben
contener sus respectivas etiquetas
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37
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El técnico responsable de la
calidad organizará con el personal del laboratorio, un sistema de calidad
basado en la Norma Técnica de Laboratorio Clínico
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38
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Los resultados de los análisis
clínicos realizados a los pacientes ambulatorios serán entregados al usuario
o al profesional tratante.
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39
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Los valores de alerta deberán
informarse de manera urgente
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40
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Las enfermedades de notificación
obligatoria deberán informarse a la autoridad sanitaria competente de la respectiva
jurisdicción.
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41
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Garantizar confidencialidad de
exámenes durante un proceso legal entregando los resultados a quien solicito
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42
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Los resultados del laboratorio
que depende de un servicio de salud público o privado, deberán cumplir los
requerimientos de la historia clínica única vigente.
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43
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La ordenes de exámenes deben
estar codificadas de manera física o digital
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44
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Los informes de corrección de
desviaciones o errores de calidad, estarán acordes a la Norma Técnica de
Laboratorio Clínico.
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45
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El director del laboratorio debe
elaborar un Manual de Procedimientos de Bioseguridad y Manejo de Desechos
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46
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Los laboratorios clínicos
atenderán a sus usuarios sin discriminación por motivos de origen, género,
edad, pertenencia étnica, religión,
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47
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Los laboratorios clínicos deben
funcionar bajo la responsabilidad de profesionales autorizados y calificados.
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48
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Todos los laboratorios clínicos
deben colaborar en todas las actividades que determinen las autoridades de
salud.
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49
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Los laboratorios clínicos no
deben atentar contra el usuario, violando la confidencialidad de sus
resultados.
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50
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En los laboratorios clínicos, la
solicitud de los exámenes debe estar relacionados con la norma técnica de
Laboratorio Clínico
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51
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Los profesionales y auxiliares
que trabajen en el laboratorio clínico, deben guardar absoluta
confidencialidad en los resultados de los pacientes.
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52
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Los representantes legales,
profesionales y personal auxiliar de los servicios de laboratorio clínico, no
realizaran bonificaciones por el envió de solicitudes de análisis clínico.
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53
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Todo el personal de los
laboratorios clínicos, no realizaran publicidades de sus servicios que estén
reñidas con la ética y el orden público.
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54
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El personal que conforme el
laboratorio clínico no derivara a los pacientes o sus muestras a
establecimientos de servicios privados a menos que existan convenios
establecidos.
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55
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El personal del laboratorio
clínico debe garantizar los derechos del usuario.
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56
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En el laboratorio clínico, en
los casos de consentimiento en procedimientos de rutina, el paciente debe
presentarse con un pedido o voluntariamente someterse al procedimiento.
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57
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Los laboratorios clínicos,
recibirán inspecciones para verificar las condiciones en las cuales les fue
otorgado el permiso anual de funcionamiento.
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58
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La comisión técnica que realice
la inspección en los laboratorios clínicos utilizara el formulario de
inspección aprobado para el efecto.
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59
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La comisión técnica realizara
una segunda inspección para para verificar las acciones correctivas a las
observaciones.
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60
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Sera sancionado de acuerdo a la
Ley Orgánica de Salud y las Leyes Supletorias aplicables, en el caso de
incumplimiento de las mismas por parte de los laboratorios clínicos.
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Se incluyen en esta fase todos los pasos desde que se genera la petición hasta que se realiza la medida de la magnitud biológica. El error preanalítico es el más frecuente. En distintos estudios se estima su frecuencia en un 17%, 31%, 75% e incluso hay autores que llegan a encontrar un 84%. Ya que en la fase preanalítica inciden aspectos muy diversos, estas diferencias pueden explicarse por los distintos criterios de evaluación o por un aumento de las variables en el estudio. No obstante, los errores descritos en la literatura con mayor frecuencia son los que se refieren a la calidad de la muestra recibida en el laboratorio: muestra hemolizada, lipémica , insuficiente, incorrecta o coagulada. En un estudio realizado por el College of American Pathologists en 660 laboratorios observaron que 5.514 peticiones de un total de 114.934 (4,8%) tenían un error de programación de la petición. La mayoría de los laboratorios participantes comunicaron uno o más errores de petición en el 6%...
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